CONSECUENCIAS LABORALES DE INSULTAR AL JEFE A LA LUZ DE LA JURISPRUDENCIA Y EL ARTÍCULO 54.2c) DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES
Por Conrado Moreno Bardisa, Socio Director Últimamente han salido a la palestra distintas noticias en las que un Tribunal declaraba improcedente el despido de un trabajador por haber insultado a su superior jerárquico. En dichos medidos, en algunos casos con cierto sensacionalismo, se afirmaba que el insulto (u ofensa verbal en términos laborales) no es motivo de despido disciplinario. Nada más lejos de la realidad. Para empezar, el art. 54.2 del Estatuto...
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