¿Cómo implantar un plan de igualdad en tu empresa?
Por Conrado Moreno Bardisa, Socio Director Bardisa y Asociados.
Desde marzo de 2019 es obligatorio implantar un plan de igualdad para las empresas que cumplan ciertas condiciones. En este post te explicamos cómo implantar un plan de igualdad en tu empresa.
Pero antes de entrar en materia, haremos una pequeña referencia histórica en cuanto a la normativa en materia de igualdad entre trabajadores de distinto sexo.
Un poco de historia sobre la igualdad entre hombres y mujeres en el trabajo:
La igualdad de trato y oportunidades de trabajo entre hombres y mujeres es un derecho fundamental protegido por nuestra Constitución española.
A pesar de ello, a día de hoy no se ve reflejada esa deseada igualdad en la realidad de una sociedad moderna como la española.
En 2007 se produjo el primer desarrollo legislativo con la pionera Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Esta Ley tenía como objetivo hacer efectivo el principio de igualdad de trato y de oportunidades. Sin embargo, en la práctica seguimos viviendo una evidente desigualdad entre los salarios de hombres y mujeres.
Estudios demuestran que prácticamente la mitad de la población española se compone de mujeres trabajadoras que están sufriendo esta desigualdad. Este dato es cuanto menos, alarmante.
Por ello, y con el fin de poner en marcha un plan de igualdad en las empresas, el 2 de marzo de 2019 entró en vigor el Real Decreto-Ley 6/2019, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
Y ahora sí, veamos cómo implantar un plan de igualdad en tu empresa.
No todas las empresas están obligadas a tener un plan de igualdad ¿estoy obligado?
Como decimos, no todas las empresas están obligadas a implementar el plan de igualdad entre hombres y mujeres.
La normativa sólo obliga a las empresas que tengan 50 o más trabajadores.
Las empresas con más de 250 trabajadores ya estaban obligadas con anterioridad al 2 de marzo.
¿En qué consiste un plan de igualdad?
El plan de igualdad supone elaborar un diagnóstico negociado, en su caso, con la representación legal de las personas trabajadoras, que contendrá al menos las siguientes materias:
- Proceso de selección y contratación.
- Clasificación profesional.
- Formación.
- Promoción profesional.
- Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres.
- Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
- Infrarrepresentación femenina.
- Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
El registro de salarios por sexo:
Las empresas deberán inscribir su plan de igualdad en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas.
Este registro forma parte de los Registros de convenios y acuerdos colectivos. Y depende de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y de las Autoridades Laborales de las Comunidades Autónomas.
Plazos para cumplir con el plan de igualdad:
- Un año: para empresas con más de 150 personas trabajadoras.
- Dos años: para empresas con entre 100 y 150 personas empleadas.
- Tres años: para empresas con entre 50 y 100 personas trabajadoras.
Estos plazos cuentan desde el día 1 de marzo (fecha de publicación del Real Decreto – Ley 6/2019).
Igualdad en la remuneración por razón de sexo:
Una modificación importante del Real Decreto – Ley 6/2019, es la del artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores.
El empresario queda obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, satisfecha directa o indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza de la misma, salarial o extrasalarial, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo en ninguno de los elementos o condiciones de aquella.
Factores a tener en cuenta para considerar la igualdad en el valor de un trabajo u otro:
Para considerar que dos trabajos tienen el mismo valor, se tendrá en cuenta que estos factores sean equivalentes:
- La naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas.
- Las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio.
- Los factores estrictamente relacionados con su desempeño.
- Y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo.
¿Qué contiene el Registro de salarios por sexo?
Como decimos, se exige a las empresas el registro del plan de igualdad y, en él, se deberá indicar los siguientes extremos de la plantilla de la empresa:
- Valores medios de los salarios,
- los complementos salariales,
- y las percepciones extrasalariales, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.
¿Los trabajadores tienen derecho a acceder a estos datos? Sí, las personas empleadas tienen derecho a acceder al registro salarial a través de la Representación legal de los trabajadores.
Cuando en una empresa con al menos 50 trabajadores, el promedio de las retribuciones a los trabajadores de un sexo sea superior a los del otro en un 25% o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, el empresario deberá incluir en el Registro salarial una justificación de que dicha diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo de las personas trabajadoras.