20 gastos que se puede deducir un autónomo aceptados por Hacienda
Conrado Moreno Bardisa. Socio Director Bardisa y Asociados.
Una de las cuestiones que más preocupa a los autónomos es saber qué gastos se puede deducir sin tener problemas con Hacienda.
Aunque muchos optan por delegar la llevanza de su contabilidad a un asesor, o quizá en tu caso estás planteando dar el paso de contratar a un experto, es importante que conozcas cuáles son tus derechos, por eso desde Bardisa y Asociados queremos facilitarte un listado con los 20 gastos que te podrás deducir si eres autónomo.
Cuestiones previas que debes tener en cuenta:
1. Es importante señalar que los tipos de gastos que te puedes deducir dependerá de cual sea la actividad a la que te dediques, puesto que cada una requiere de gastos o inversiones diferentes para su desarrollo.
No obstante, hemos agrupado los 20 gastos que, con carácter general, se puede deducir un autónomo de conformidad a la Ley.
2. Para que un gasto sea fiscalmente deducible es fundamental que se cumpla con los 4 requisitos que os comentamos en el artículo anterior.
Puedes informarte aquí sobre los 4 requisitos para que un gasto sea fiscalmente deducible.
3. Debemos saber diferenciar dos grandes categorías de gastos que son fiscalmente deducibles tanto si eres autónomo como empresa.
· Por un lado están los gastos deducibles por IRPF (para el caso de los autónomos) o IS (si eres empresa)
· Por otro, encontramos los gastos deducibles por IVA (Soportado y repercutido) y que puedes desgravarte en ambos casos (autónomo y empresa).
Una vez tenemos claros los apartados anteriores, pasaremos a enumerar los gastos que se puede deducir un autónomo:
20 gastos que se puede deducir un autónomo:
- Alquiler de tu oficina o local (Aquí no entra la oficina instalada en la propia vivienda, que debe ser objeto de estudio a parte).
- Gastos por Suministros del Local: la luz, el agua, la calefacción…
- Teléfono e Internet instalados en la oficina.
- Teléfono móvil (nos referimos a aquél que es exclusivamente para uso profesional). En caso de tener un sólo teléfono móvil podrás desgravarte el 50%.
- Material de oficina y materias primas (proveedores).
- Gastos de Publicidad, Marketing y relaciones públicas. Suscripciones a Revistas, libros, Google, página web, dominio, hosting, etc.
- Gestores, asesores, abogados, auditores, notarios etc.
- Tasa de basura.
- Cotizaciones a la Seguridad Social (las cuotas de Autónomo y, en su caso, de empleados).
- Mutualidades.
- Amortizaciones de tus bienes de inversión.
- Cuotas de colegiación.
- Cursos de formación profesional.
- Hoteles y restaurantes.
- Seguro de Responsabilidad Civil, robo o incendio del local de negocio, así como los seguros de Salud.
- Vehículos y gastos derivados tales como gasolina, reparaciones o seguros.
- Transportes.
- Remuneración de los empleados, (sueldos, dietas, pagos en especie, premios e indemnizaciones).
- Gastos financieros y servicios bancarios: intereses de préstamos y créditos, los gastos de descuento de efectos o las comisiones bancarias (por ejemplo, las del cobro por tarjetas mediante un TPV).
- Cuotas de leasing o renting de bienes necesarios para la actividad.
Recuerda que es muy importante que guardes todas las facturas de todos los gastos que te quieres deducir y lleves un adecuado control de tus Libros Contables para poder defenderte ante una posible Inspección.
Como decíamos al principio de este artículo, quizá en tu actividad no generes alguno de estos gastos, así que se trata de una lista genérica para que puedas hacerte una idea de la cantidad de gastos que puede deducirse un autónomo.